09
Ene
Derecho civil.
Rama del Derecho Privado que trata las relaciones entre particulares o civiles, sin intervención del Estado como persona de Derecho Público. Las personas jurídicas privadas están también comprendidas en su ámbito, mientras que las públicas, sólo si actúan en un plano de igualdad con los particulares.
- USUCAPIÓN
- REIVINDICATORIO
- JUICIOS DERIVADOS DE CONTRATOS (CUMPLIMIENTO, RESCISIÓN ETC.).
- DESAHUCIOS
- SERVIDUMBRES
- INMATRICULACIÓN
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jorhel
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